La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) advirtió la riesgosa situación de los pueblos indígenas frente al coronavirus y llama a los Estados a proteger su derecho a la salud.
La CIDH recuerda que la histórica discriminación hacia los pueblos se ha traducido en una vulneración estructural y sistemática de sus derechos, especialmente los económicos, sociales, culturales y ambientales.
Pedidos concretos de la CIDH
Considerando el contexto de la pandemia del COVID-19 y retomando las consideraciones de la Resolución Nro. 1/2020 y las recomendaciones 54 a 57 allí formuladas a los Estados en cuanto a la protección de los derechos de los pueblos indígenas, la Comisión adiciona las siguientes:
1. Garantizar el derecho a la salud de los pueblos indígenas en el contexto de la pandemia del COVID-19, desde los enfoques de interculturalidad, género y solidaridad intergeneracional; tomando en cuenta los cuidados preventivos, las prácticas curativas y las medicinas tradicionales, con especial atención a la situación de los grupos en situación de mayor vulnerabilidad en relación con la pandemia, especialmente personas mayores y/o con condiciones preexistentes, en áreas distantes a centros de salud;
2. Asegurar la participación de los pueblos indígenas, mediante la inclusión de sus entidades representativas, líderes/as y autoridades tradicionales, en la formulación e implementación de políticas públicas orientadas a la prevención y atención médica de esta población;
3. Adoptar medidas, incluyendo políticas sociales, orientadas a mitigar los efectos socioeconómicos que las acciones sanitarias que se implementen para la prevención y atención de la salud en el marco de la pandemia de COVID-19, puedan causar en las formas de vida y el sustento económico de los pueblos indígenas, respetando el principio de igualdad y no discriminación;
4. Abstenerse, en el marco de la pandemia del COVID-19, de promover iniciativas legislativas y/o autorizar proyectos extractivos, de explotación o desarrollo en o alrededor de los territorios de los pueblos indígenas, en virtud de la imposibilidad de llevar adelante los procesos de consulta previa, libre e informada (debido a la recomendación de la OMS de adoptar medidas de distanciamiento social) de conformidad con los estándares internacionales aplicables;
5. Extremar las medidas de protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento voluntario y contacto inicial en el marco de la pandemia del COVID-19, procurando especialmente resguardar su salud y sus formas de vida, de acuerdo a su autodeterminación y a los principios que rigen la actuación estatal en relación con estos grupos.
Pobreza y vulnerabilidad
El Banco Mundial señala que el 43% de la población indígena de Bolivia, Brasil, Ecuador, Guatemala, México y Perú está en pobreza moderada, comparado al 21% de la población no indígena.
Asimismo, el porcentaje de la población indígena en situación de pobreza extrema en estos países triplica al de la población no indígena.
La Comisión advirtió, especialmente, sobre los riesgos respecto a los conflictos territoriales y ambientales asociados a actividades extractivas que inciden en el derecho a la alimentación, el agua y la salud.
Asimismo, reconoce el papel de los pueblos originarios en la protección de la naturaleza y recuerda la relación de estos colectivos con sus territorios y recursos naturales.
Seguridad alimentaria
En cuanto a la seguridad alimentaria, el Estado de Honduras presentó información sobre la Operación Honduras Solidaria, según la cual ha dotado de alimentos a las poblaciones vulnerables, priorizando a las comunidades.
Esta, muestra que, hasta el 17 de abril, el Comisionado Nacional de Derechos Humanos (CONADEH) monitoreó la entrega de 4700 raciones de alimentos. Esto último se realizó en los departamentos de Intibucá, Lempira, Atlántida y Gracias a Dios.
La CIDH también señaló el otorgamiento de un recurso de amparo por parte del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula a favor de la Tribu Tolupán de Locomapa.
Además, ordenó cumplir el Decreto Ejecutivo PCM-025-2020 para que en coordinación con las autoridades del consejo preventivo de la comunidad entregue alimentos suficientes y de calidad conforme a los estándares internacionales. También, deberá brindar atención médica que respete su diversidad cultural.
Por su parte, el Estado colombiano presentó el programa “Colombia Está Contigo-Un Millón de Familias”, que busca la gestión y entrega de alimentos a las comunidades, en 32 departamentos y 720 municipios.
Según lo indicado, el programa tuvo previa articulación con las autoridades indígenas con el objeto de mitigar las necesidades en esta materia de las familias en condición vulnerabilidad.
Derecho a la salud
En cuanto al derecho a la salud, varios desafíos que pasan las comunidades se relacionan con cuestiones socioeconómicas y de accesibilidad.
En general, los hospitales y centros de atención médica se encuentran alejados de las áreas rurales en las que residen amplios sectores de los pueblos indígenas de la región.
Además, los servicios se caracterizan por carencias estructurales, que actualmente se reflejan en el desabastecimiento de insumos básicos y la imposibilidad de hacer exámenes para diagnosticar coronavirus (COVID-19); otro factor que muestra el desabastecimiento de dichos centros es el número insuficiente de camas.
Por su parte, Ecuador cuenta con 42 hospitales públicos y 35 del sector privado, que ofrecen un total de 1.870 camas y 403 puestos de Unidad de Cuidados Intensivos (UCI); actualmente, estos centros están destinados a la atención exclusiva de los pacientes sospechosos y positivos para COVID-19.
Además, según el mismo Estado ecuatoriano, el país cuenta con 7.161 camas de hospitalización y 161 puestos para UCI para atender las necesidades de la población con otras distintas afectaciones.
El Estado de Honduras informó sobre la construcción de por lo menos 3 hospitales de aislamiento con 91 camas cada uno, que estarán Tegucigalpa, San Pedro Sula y Choluteca; también, se harán 4 hospitales de 51 camas en diferentes ciudades.
Con el fin de atender y mejorar a pacientes graves, las instituciones de salud priorizaron la atención a nivel hospitalario de acuerdo con los departamentos con casos confirmados; se pasó de 9 a 16 hospitales priorizados. Además de un abordaje con el acompañamiento de líderes de los pueblos indígenas para garantizar que se está alcanzando a la mayor cantidad de personas.
El Estado de México informó sobre las medidas que ha tomado para la prevención de contagios, así como para la atención de posibles casos de personas indígenas con COVID-19.
Actualmente, dicho estado cuenta con más de 24 mil personas capacitadas para dar atención exclusiva a pacientes con COVID-19 del programa IMSS-BIENESTAR, que opera en zonas de alta vulnerabilidad.
El programa cuenta con 80 Hospitales Rurales, 3 mil 622 Unidades Médicas Rurales, 45 Centros de Atención Rural Obstétrica (CARO), 140 Unidades Médicas Móviles y 184 Brigadas de Salud.
Según el Estado, se agrega la estrategia de difusión y prevención en donde se generaron 2 mil 172 mensajes transmitidos en 110 radiodifusoras locales de comunidades indígenas, en sus propias lenguas.
El Estado de Colombia brinda atención a estas poblaciones mediante el sistema general de seguridad social en salud; además, cuenta con un régimen especial donde las empresas promotoras de salud indígenas reciben un recurso específico para que se aplique la medicina tradicional.
En el marco de la emergencia, el Estado informó sobre el “Plan de acciones urgentes en los territorios indígenas para la mitigación de la pandemia COVID-19 y para el autocuidado propio en el marco del SISPI en coordinación con el SGSSS”.
Dicho plan tiene como objetivo la formación, capacitación, generación y uso del conocimiento en salud, así como el cuidado de salud propia e intercultural.
Ausencia de protocolos para pueblos indígenas
La CIDH tomó conocimiento sobre la falta de protocolos de prevención y atención médica dirigidos a poblaciones indígenas en varios países de la región.
Por ejemplo, Ecuador adoptó el “Protocolo para prevención y contingencia de Coronavirus (COVID-19) en el área de influencia de la Zona Intangible Tagaeri-Taromenane”.
Tal documento es sobre la atención médica para los pueblos en aislamiento voluntario y busca que las instituciones actúen tanto para prevenir, como de tratar casos sospechosos o positivos de COVID-19.
Según la información brindada, el Protocolo incluye lineamientos de acción comunitaria adaptados a las tradiciones y costumbres de cada comunidad, siendo los líderes comunitarios los llamados a difundirlos.
Además, prevé la acción coordinada por medio de un Comité Interinstitucional, en el que participan dirigentes de organizaciones y pueblos indígenas, así como entidades estatales.
Según el Estado colombiano, los elementos esenciales de las medidas y orientaciones sobre el COVID-19 fueron traducidos a Uitoto, Iku o Arhuaca, Sikuani, Nasayawe, Tikuana, Inga, Ikun, Wayuunaiki, Cubeo y Bora.
Foto de portada: indígenas guaraníes de la comunidad Tatarenda Nuevo, en el Gran Chaco Boliviano, foto referencial. Créditos: Eduardo Franco Berton / archivo RAIBolivia
Fuente: Servindi